Ayuntamientos de Sinaloa fallan en igualdad de género en puestos de mando
La mayoría de los ayuntamientos del estado no cumplen con este requisito constitucional, incluso aquellos que son gobernados por mujeres.
Carla González
La mayoría de los ayuntamientos de Sinaloa no cumplen con la paridad de género, pese a que a nivel constitucional hay avances en el reconocimiento de la igualdad de género y la inclusión, pero los gobiernos locales es donde menos se cumple la integración administrativa con la participación femenina, incluso en aquellos que son gobernados por mujeres.
Al revisar los gabinetes, organigramas o directorios de las 20 municipalidades, disponibles en sus páginas oficiales, se observaron 516 puestos de mandos entre direcciones, paramunicipales, jefaturas y coordinaciones, de los cuales apenas el 37 por ciento son ocupados por mujeres y el 63 por ciento por hombres.
En Sinaloa hay siete municipios gobernados por mujeres: Cosalá, Choix, Guasave, Mazatlán, Mocorito, Rosario y Juan José Ríos, de los cuales seis no cumplen con la paridad de género.
También se observa que los puestos de primer nivel, como Secretaría del Ayuntamiento, Tesorería y Oficialía Mayor, son ocupados en su mayoría por hombres.
En los mandos de las instituciones de Seguridad Pública éstos son ocupados en su totalidad por hombres y las mujeres predominan en direcciones como Bienestar y Desarrollo Social.

/ Foto: Fausto McConegly / El Sol de Mazatlán
Los ayuntamientos con más disparidad son Sinaloa de Leyva, Ahome, Choix, El Fuerte y Angostura.
Mientras que Culiacán y Elota, gobernados por alcaldes, y Juan José Ríos, presidido por una alcaldesa, son los municipios que sí cumplen con este principio.
El tipo, número y denominación de las dependencias administrativas municipales se determina por las características económicas y sociales.
Es importante señalar también que Eldorado y Juan José Ríos son municipios de nueva creación y apenas toman forma.
Para este material periodístico se tomó en cuenta las 12 dependencias municipales que marca el Reglamento Interior de Administración Pública.
¿Aplicación efectiva o discursos vacíos?
En el marco del Día Internacional de la Mujer, el 8 de marzo, en entrevista con medios de comunicación la alcaldesa de Mazatlán, Estrella Palacios afirmó que su gobierno era feminista y que al ser la primera mujer presidenta de este municipio se haría notar la agenda de mujeres.
“Sabemos que hay todavía mucho camino por recorrer, agradecemos a todas las mujeres que nos han abierto brecha, es un día para recordar la lucha de las mujeres, este gobierno municipal ustedes saben que es muy feminista, vamos a estar también con una agenda para las mujeres muy importante (…) puesto que soy la primera mujer presidenta municipal, se tiene que notar la agenda de las mujeres y vamos a estar bien presentes en los tres años de nuestro gobierno ayudando a las mujeres mazatlecas“, aseguró.
Sin embargo, la regidora Maribel Chollet, coordinadora de la Comisión de Género y Familia, fue la primera en señalar públicamente la disparidad en su gobierno durante una sesión de Cabildo.

/ Foto: Fausto McConegly / El Sol de Mazatlán
“En este Ayuntamiento estamos todavía con una asignatura pendiente para cumplir con estos preceptos constitucionales. En nuestro municipio existen cientos de mujeres que cuentan con los conocimientos, capacidad y experiencia para ocupar un puesto de mando en este Ayuntamiento, no hay justificación para que hasta el día de hoy todavía exista tal disparidad“, aseveró.
La frase: “Es tiempo de mujeres“ conlleva una gran responsabilidad, el deber y el compromiso de cumplir con ella y a pesar de que recurrentemente se utiliza por los gobiernos emanados de Morena, el derecho de la paridad de género no se ve materializado, por lo que solo se queda en un discurso vacío, resaltó Rita Tirado, de la colectiva Periferia Subversiva.
La activista apuntó que aún con una presidenta o alcaldesa, no se resuelven los problemas de género, haciendo alusión a esos ayuntamientos dirigidos por mujeres y donde tampoco se cumple con este precepto.
“Aunque la figura principal del gobierno sea una mujer la mayoría de los puestos de toma de decisiones están dirigidos por hombres, eso no garantiza que en realidad haya una perspectiva feminista en un gobierno”, apuntó.
Las estructuras patriarcales, agregó, siguen arraigadas y no favorecen a las mujeres mayores posibilidades de acceso a los cargos públicos.
Para un verdadero cambio estructural y crear gestiones o administraciones con perspectiva de género, consideró que es necesario crear redes entre funcionarias públicas comprometidas, las colectivas feministas y la sociedad civil.
“Ni siquiera hay paridad en los ayuntamientos para poder decir ‘llegamos todas‘, simplemente se quedó en el discurso, el hecho de que llegó una mujer a la Presidencia es una representación simbólica, lo que sí traería cambios de decir ‘si llegamos todas‘ o ‘es tiempo de mujeres‘, es que de verdad estén comenzando a realizar cambios estructurales“, señaló.
En el caso de Mazatlán, informó que hasta el momento no ha habido ningún tipo de interés de la alcaldesa en acercarse a las colectivas feministas.
¿Qué dice la ley?
El principio de paridad de género está respaldado desde la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, hasta por leyes generales y estatales.
La Ley de Gobierno Municipal de Sinaloa en su artículo tercero, fracción segunda, señala que los ayuntamientos pueden establecer los procedimientos para el nombramiento y remoción de los servidores públicos, observando siempre el principio de paridad de género, en el entendido de que incumplen con lo estipulado en esta disposición incurrirían en la falta administrativa.
La ley de Responsabilidades Administrativas del Estado la califica como una falta no grave.
Gustavo Rojo Navarro, director del Observatorio Ciudadano, mencionó que la primera instancia en actuar deberían ser los órganos internos de control y pueden hacerlo de oficio.
Explicó que las sanciones van desde una amonestación privada, que es una corrección disciplinaria que se hace de manera verbal, hasta la inhabilitación para ejercer cargos de elección popular.
“Debería ser por oficio por parte del OIC, pero si eso no pasa, entonces lo que se tiene que hacer es denunciar, la pregunta es ¿quién lo va a hacer? La sanción por falta no grave va desde amonestación privada hasta inhabilitación, pero para que esto último pase, el OIC tendría que ser muy severo”.
Con información de El Sol de Sinaloa