La Corte cierra la puerta a Vargas Landeros: uso indebido de la vía constitucional
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) puso punto final al intento de Gerardo Vargas Landeros por utilizar al Ayuntamiento de Ahome como escudo legal, al desechar de manera definitiva la Controversia Constitucional 152/2025, promovida indebidamente a nombre del municipio.
Durante sesión del Pleno, el máximo tribunal del país ratificó que Vargas Landeros carece de personalidad jurídica para representar legalmente al Ayuntamiento de Ahome, confirmando que Antonio Menéndez del Llano Bermúdez es la única autoridad con representación legal válida.
La Corte fue clara y contundente: el desechamiento fue correcto y el Recurso de Reclamación 42/2025-CA fue declarado infundado, con lo que quedó firme la negativa a siquiera analizar el fondo del asunto. Es decir, la SCJN ni siquiera entró a discutir los argumentos del promovente porque la demanda nació jurídicamente viciada.
Más aún, el tribunal constitucional dejó establecido que los actos reclamados por Vargas Landeros relacionados con auditorías, fiscalización, responsabilidades administrativas y denuncias penales no son materia constitucional, sino asuntos de legalidad ordinaria, por lo que no pueden ni deben tramitarse mediante una controversia constitucional.
En términos prácticos, la resolución exhibe que la vía legal fue mal utilizada, intentando forzar la intervención de la Corte en asuntos que corresponden a otras instancias y procedimientos. La SCJN no validó ni invalidó auditorías o denuncias: simplemente cerró la puerta a una estrategia jurídica improcedente.
Con esta determinación, la Controversia Constitucional 152/2025 queda definitivamente desechada y el Recurso de Reclamación 42/2025-CA queda sin efecto, marcando un revés contundente para Vargas Landeros y confirmando que la Corte no es un refugio para disputas mal planteadas ni para intentos de frenar procesos administrativos por la vía equivocada.
La resolución deja un mensaje claro: la Suprema Corte no suple errores, no concede atajos legales y no valida representaciones inexistentes. En Ahome, el capítulo quedó cerrado.

