Por José Alberto Sánchez Nava

“La violencia que hoy hiere a tantas familias mexicanas no es únicamente una tragedia humana; es el recordatorio de que el contrato social está en riesgo. Y cuando el pacto que sostiene a la República se debilita, la historia enseña que ninguna nación permanece intacta.

Porque el Estado que no protege la vida termina perdiendo aquello que le da sentido: la confianza de su pueblo.” -En memoria de Eduardo Ochoa Arias-

 

  1. La fractura del contrato social

Toda República descansa sobre una premisa elemental: los ciudadanos ceden una parte de su libertad y contribuyen con impuestos para que el Estado garantice seguridad, justicia y orden jurídico. Esa es la esencia del contrato social que desde la tradición clásica de Thomas HobbesJohn Locke y Jean‑Jacques Rousseau justifica la existencia misma del poder público.

En México, dicho pacto se encuentra jurídicamente expresado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuyo artículo 1º reconoce la obligación de todas las autoridades de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos; el artículo 14 consagra el principio de legalidad; el artículo 16 exige la actuación fundada y motivada del poder público; y el artículo 31 fracción IV impone a los ciudadanos la obligación de contribuir al gasto público bajo el principio de proporcionalidad y equidad tributaria.

Pero ese pacto se rompe cuando el Estado exige tributos y, al mismo tiempo, es incapaz de garantizar el derecho más elemental de todos: la vida.

En amplias regiones del occidente del país, empresarios agrícolas, productores y familias enteras viven bajo una presión paralela a la tributación constitucional: el llamado “derecho de piso”. Es la perversión absoluta del sistema fiscal. Mientras la ley exige contribuciones para sostener al Estado, la delincuencia organizada impone tributos de facto para permitir la supervivencia.

Cuando la violencia sustituye al derecho, el contrato social deja de existir.

 

  1. El derecho de piso como ruptura del Estado de Derecho

El fenómeno del cobro criminal no es únicamente una manifestación delictiva; constituye una afrenta estructural al orden constitucional. En términos jurídicos, representa la sustitución de la potestad tributaria del Estado por un sistema de exacción violenta ejercido por poderes fácticos.

La jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido reiteradamente que la seguridad pública es una función esencial del Estado destinada a preservar la integridad de las personas y su patrimonio. No se trata de una concesión política, sino de una obligación constitucional.

En el ámbito internacional, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha establecido, en precedentes como el caso Velásquez Rodríguez vs. Honduras, que los Estados no sólo deben abstenerse de violar derechos humanos, sino prevenir, investigar y sancionar las violaciones cometidas por particulares cuando el aparato estatal falla en su deber de protección.

Bajo este estándar, la impunidad frente a la violencia criminal constituye una forma de responsabilidad estatal. No es únicamente omisión: es una falla estructural del aparato público.

Cuando familias enteras son destruidas por la violencia y la sociedad observa con desconcierto el silencio institucional, lo que emerge no es sólo el dolor de una tragedia individual, sino el síntoma de una crisis de Estado.

 

III. La confusión ideológica del poder

A esta crisis jurídica se suma una crisis narrativa. En el discurso político contemporáneo ha surgido una retórica que pretende explicar la violencia exclusivamente como una herencia histórica de desigualdad o corrupción del pasado.

Nadie niega las raíces estructurales de la criminalidad. Sin embargo, la explicación sociológica no puede convertirse en justificación política.

El problema surge cuando la razón de Estado se diluye en un discurso que privilegia la retórica moral sobre la eficacia institucional. Bajo la consigna de evitar la confrontación directa con los grupos criminales, se ha instalado una política de ambigüedad que la sociedad percibe como desconcierto.

La doctrina constitucional es clara: el monopolio legítimo de la fuerza corresponde exclusivamente al Estado. Así lo establecen los artículos 21 y 129 de la Constitución. Cuando ese monopolio se fragmenta, la República comienza a desdibujarse.

En ese vacío institucional surge una peligrosa narrativa ideológica que pretende sustituir los principios universales del derecho por conceptos políticos difusos. La dignidad humana, sin embargo, no admite adjetivos ni reinterpretaciones coyunturales.

 

  1. Polarización y erosión de la República

A la crisis de seguridad se añade otro fenómeno igualmente corrosivo: la polarización política.

En una República constitucional, el disenso es saludable; lo que resulta destructivo es convertir la crítica en enemistad pública. Cuando el debate político se reduce a la lógica de “pueblo contra adversarios”, el análisis de los problemas estructurales desaparece.

La violencia criminal deja entonces de ser tratada como un desafío institucional y comienza a diluirse en la confrontación ideológica.

Esta dinámica debilita los contrapesos democráticos. La división de poderes —pilar fundamental del constitucionalismo moderno— pierde eficacia cuando el equilibrio institucional se sustituye por la concentración política.

El resultado es una percepción social devastadora: la idea de que en ciertas regiones del país la ley ha dejado de existir.

 

  1. La dignidad humana frente al abandono institucional

Detrás de cada tragedia hay familias que no encuentran respuestas. Madres, hijos, hermanos que intentan comprender cómo la violencia pudo irrumpir en sus vidas con tal brutalidad.

En una sociedad democrática, ese dolor no puede ser normalizado ni convertido en estadística.

La doctrina de derechos humanos ha sido clara: la vida y la integridad personal constituyen derechos inderogables. Ninguna política pública, ninguna estrategia de seguridad y ninguna narrativa ideológica pueden relativizar ese principio.

Cuando la violencia se vuelve cotidiana y el Estado parece resignado a administrarla en lugar de erradicarla, lo que se erosiona no es solamente la seguridad pública: es la legitimidad del propio Estado.

 

  1. Reconstruir la República

México no necesita narrativas justificatorias; necesita reconstruir el pacto republicano.

Ello implica restablecer la primacía del Estado de Derecho, garantizar la independencia real de los poderes públicos y asumir que la seguridad de los ciudadanos es una obligación indeclinable.

También exige reconocer que el combate a la criminalidad no es una disputa ideológica, sino un imperativo constitucional.

La República se sostiene sobre tres pilares: legalidad, libertad y responsabilidad institucional. Cuando uno de ellos se rompe, el edificio democrático entero comienza a resquebrajarse.

“Cuando el Estado abdica de su deber de proteger la vida, el contrato social deja de ser pacto y se convierte en simulación.”

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