Redacción/ OV El Analista
El Ayuntamiento de Ahome se deslindó de la posibilidad de poder intervenir en la demanda de asignación de Lotes para vivienda actualmente invadidos, ubicados en un predio conocido como “La L” por ser estos de propiedad privada.
Según los registros del predio identificado como “La L” ubicado en el Fraccionamiento Urbi Villa del Rey, indican a la fecha de elaboración de la presente ficha informativa, el inmueble se encuentra registrado como propiedad de ABINTRA, cuyo propietario es el C. Oscar Torres.
Actualmente, los predios se encuentran invadidas, en posesión de personas vinculadas a los CC. Cesar del Pardo y Juan Soltero, quienes, dicen tener un contrato de promesa de compra-venta celebrado con ABINTRA.
Los precaristas sostienen que los inmuebles en su posesión y exigen se les entregue como lotes para vivienda, se encuentran sujetos a un adeudo que ABINTRA mantiene con la institución bancaria BANORTE, por lo que la formalización de la compraventa a favor de los interesados se llevaría a cabo una vez que dicho adeudo sea liquidado y ABINTRA se encuentre en posibilidad jurídica de disponer de los predios para su venta.
Cabe señalar -dice el Municipio de Ahome en una ficha informativa-, que dicho contrato de promesa de compra-venta no obra en los archivos de este Ayuntamiento, toda vez que a la fecha no ha sido presentado ni proporcionado formalmente ante esta autoridad para su revisión y conocimiento.
Por otro lado, se hace constar que el C. Cesar del Pardo ha realizado manifestaciones a través de diversos
medios electrónicos, en las cuales señala que el H. Ayuntamiento ha intervenido directamente en el
predio y que ha promovido o facilitado el ingreso de personas al mismo con la finalidad de invadirlo.
Al respecto, se precisa que dichas manifestaciones no corresponden con la actuación de esta autoridad
municipal, toda vez que el H. Ayuntamiento no ha intervenido en operaciones de carácter privado entre particulares, ni ha realizado actos encaminados a la ocupación, invasión o disposición de los predios
mencionados.
Asimismo, se hace del conocimiento que, al tratarse de predios de PROPIEDAD PRIVADA, el H.
Ayuntamiento no se encuentra facultado para realizar gestiones de asignación de lotes sobre el dicho
inmueble, toda vez que la disposición, transmisión o asignación de los mismos corresponde a su propietario y deberá sujetarse a los instrumentos jurídicos que, en su caso, resulten aplicables.
En consecuencia, no se cuenta con documentación que acredite ante este Ayuntamiento la transmisión
definitiva de la propiedad a favor de los actuales posesionarios, por lo que cualquier tramite relacionado
con la acreditación de propiedad, posesión o contratación de servicios deberá estar sustentado en la documentación legal correspondiente.

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