Emilio Lozoya se sostiene. Aún con la advertencia de la Fiscalía General de la República (FGR) que, de mentir incurriría en el delito de falsedad de declaración y podría ir a prisión de cuatro a ocho años, el ex director de Pemex ratificó y sostuvo su narrativa de que el ex presidente Enrique Peña Nieto le pidió personalmente encargarse del “pago” entregado a Ricardo Anaya para la aprobación de la reforma energética.

Un día después de que, a través de su defensa legal, el ex director de Pemex entregara un escrito con esta acusación, el Ministerio Público de la Federación le pidió, dada su “trascendencia jurídica”, ratificar o, en su caso, modificar su declaración.

Por lo que, dos días después, es decir el 26 de enero de este año, Lozoya Austin, desde el reclusorio Norte, ratificó sus dichos acompañado de su abogado Alejandro Rojas Pruneda, al asegurar que eran verdaderos y que los conocía porque había “estado presente en el momento que sucedieron”.

Al iniciar la comparecencia, fijada a las 10:00 horas, Héctor Jaime López Herrera, agente del Ministerio Público de la Federación, le hizo saber a Emilio Lozoya “la trascendencia jurídica” de su ratificación, además de que tenía derecho a no declarar sobre hechos que lo incriminen o por los que se le pueda fincar responsabilidad.

“Me encuentro presente en esta fecha atendiendo la solicitud del Ministerio Público de la Federación, dándome por enterado del derecho que se me acaba de hacer del conocimiento, siendo mi deseo declarar en la presente diligencia renunciando al mismo y en este acto ratificó el contenido del escrito que se me ha puesto a la vista, ya que el mismo contiene la verdad de los hechos que conozco por haber estado presente en el momento que sucedieron”, detalla la comparecencia ministerial por escrito de Emilio Lozoya, de la que MILENIO tiene copia.

El ex director de Pemex, quien tiene el carácter de denunciante dentro de la carpeta de investigación FED/SEIDF/CGI-CDMX/0000865/2020, destacó que su “narración” del encuentro con el entonces presidente Peña Nieto en Los Pinos se considera “relevante” para que la FGR “tenga elementos para llegar a la verdad de los hechos dentro del presente procedimiento”.

Emilio Lozoya también aprovechó para reiterarle a la autoridad su intención “para continuar aportando información objetiva y eficaz para la obtención del criterio de oportunidad y/o una salida alterna en estricto apego a la ley” que le valdrían para salir de reclusorio Norte, donde está preso desde noviembre del año pasado, pero sobre todo para que se extingan los procesos en su contra por los casos de corrupción de Odebrecht y Agronitrogenados.

Respecto al apercibimiento que le hizo el agente del Ministerio Público de la Federación, quien acudió a dicho centro penitenciario en representación del titular de la Fiscalía de la Unidad de Investigación CGI “B”, Kristian Jiménez Hernández, remitió al articulo 247 del Código Penal Federal.

“…se le hace del conocimiento al compareciente Emilio Ricardo Lozoya Austin que la presente diligencia consiste en ratificar o modificar el contenido de su escrito de fecha 24 de enero del año en curso constante de tres fojas útiles, de las cuales únicamente aparecen firmadas las fojas dos y tres, documento que fue recibido en esa misma data en la Oficialía de Partes de la Fiscalía General de la República y que en este acto se le pone a la vista.

“Asimismo, se le hace saber de las penas en que incurren quienes declaran con falsedad ante autoridad diversa a la judicial en ejercicio de sus funciones, previstas en el artículo 247 del Código Penal Federal”, detalla el documento ministerial.

Dicho artículo está contenido en el capítulo V, denominado Falsedad en Declaraciones Judiciales y en Informes Dados a una Autoridad.

En su primer numeral, el artículo 247 detalla:

“Se impondrán de cuatro a ocho años de prisión y de cien a trescientos días multa (…) Al que interrogado por alguna autoridad pública distinta de la judicial en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, faltare a la verdad”.

“Se impondrán de cuatro a ocho años de prisión y de cien a trescientos días multa (…) Al que interrogado por alguna autoridad pública distinta de la judicial en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, faltare a la verdad”.

 

Con información de Milenio

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