Sinaloa, primer Estado En tener su ley de Revocación de mandato En contra de gobernador
Agenda Política
Jorge Luis Telles Salazar
- Unánime aprobación en la cámara de diputados
- La consulta, el primer domingo de febrero de 2025
- Similar en muchos puntos a la ley federal
- Tribunal le avaló al PRI la expulsión de Quirino
- Deja buenas noticias visita del titular de INFONAVIT
Primero que ningún otro Estado, el Congreso de Sinaloa aprobó el martes pasado, por unanimidad, la Ley de Revocación de Mandato para el gobernador de la entidad, en condiciones muy parecidas a las que establece la ley federal en cuanto al presidente de la República. El proceso se desarrolló con inusitada rapidez y marcada agilidad y la ley estará en vigor tan pronto se publique en el diario oficial “El Estado de Sinaloa”, casi tres años antes de su aplicación.
¿Qué quiere decir esto? Muy fácil: que si la ciudadanía lo decide, en lo sucesivo los gobernadores (incluso el actual, Rubén Rocha Moya) podrán irse a casa a la mitad de su administración, a pesar de haber resultado electos para un periodo de seis años en la elección constitucional. Cuestión de que la sociedad así lo determine como acuerde también la permanencia del mandatario en turno.
Obvio, ello tendrá que darse en función de una serie de lineamientos, disposiciones y reglamentos que constituyen, precisamente, los fundamentos de la Ley de Revocación de Mandato para Sinaloa y cuya ruta marcamos a continuación:
01.- Si la sociedad está inconforme con el gobernador en turno, deberá solicitarle al Instituto Estatal Electoral la realización de una consulta popular para la revocación de su mandato. El ejercicio solo tendrá lugar si la petición la firma el 10 por ciento de la ciudadanía inscrita en el listado nominal del padrón electoral. Actualmente suman 2 millones 250 mil; pero si de aquí al 2024 llegamos a 2 millones 500 mil, serian 250 mil personas, residentes en por lo menos once municipios de la entidad. (La ley federal exige únicamente el 3 por ciento de la lista nacional).
02.- Cumplido este requisito, la consulta popular se llevará a cabo el primer domingo de febrero de 2025; o sea: el primer domingo, después de los tres primeros tres meses de concluido el primer semestre de mandato constitucional. (En un principio, el gobernador Rocha Moya habló de una consulta coincidente con la elección de 2024 con la finalidad de reducir al máximo los costos; pero hubo cambios de opinión en tal sentido).
03.- El ejercicio de febrero de 2025 -si es que se realiza- solo tendrá carácter vinculatorio si participa en el mismo el 40 por ciento del listado nominal, lo que equivale a un millón de ciudadanos y ciudadanas. Si el porcentaje es menor a los 40 puntos porcentuales, la consulta será invalidada por el Instituto Estatal Electoral. (Porcentaje similar a la ley federal).
04.- La consulta popular será organizada por el Instituto Estatal Electoral, en un número de casillas similar al utilizado en la elección del 2021; pero podría ser menor, en función de los recursos de que disponga el órgano electoral. (Justo lo ocurrido a nivel nacional en abril del año en curso).
05.- La revocación de mandato solo podrá ser solicitada en una ocasión en el curso de un mandato gubernamental de seis años.
Y:
06.- Si de la consulta popular se desprende la separación de cargo del gobernador, será el Congreso del Estado el que elegirá, en sesión plenaria, al gobernador que concluirá el periodo constitucional.
Como se esperaba y se anticipaba, la nueva ley fue aprobada con el voto de los 39 diputados presentes en la sesión del martes próximo pasado y es resultado, se dijo, del análisis y la discusión de las iniciativas remitidas por el gobernador Rubén Rocha; el Partido Sinaloense, MoReNa y distintas organizaciones de la sociedad sinaloense. Obviamente impera en el contenido la propuesta del jefe del Ejecutivo Estatal.
Hay que decir que esta ley es aprobada apenas un mes después de realizada la consulta popular para la revocación de mandato del presidente Andrés Manuel López Obrador. Pudiera parecer un tanto cuanto prematuro porque hay mucho tiempo por delante; pero, bueno, lo que tenga que ser, que sea de una buena vez.
Y evidentemente son muchas y hasta encontradas las lecturas en torno a dicha legislación; pero de esto nos ocuparemos después toda vez que -ratificamos- hay, en efecto, mucho tiempo por delante.
Pendientes.Mientras.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó la expulsión del ex gobernador de Sinaloa Quirino Ordaz Coppel, de las filas del Partido Revolucionario Institucional. La primicia la dio, a través de su cuenta de twitter, el amigo, analista político, Oswaldo Villaseñor. Este organismo es la máxima autoridad del país en materia electoral y el último recurso a apelar. La decisión, por tanto, ya es irreversible.
En su momento, Quirino Ordaz interpuso el recurso correspondiente ante el tribunal, bajo el argumento de ser víctima de una absoluta falta de respeto a sus derechos políticos, tras su expulsión del PRI -por mandato de la comisión de Justicia Partidaria – por haber desacato el ultimátum del Comité Ejecutivo Nacional acerca de no aceptar la comisión ofrecida por el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, consistente en la embajada del gobierno de México en el Reino de España.
A Quirino, en efecto, Alito Moreno, el presidente del CEN, le advirtió que causaría baja de las filas del PRI. Y le cumplió en su momento.
La apelación de Ordaz Coppel obedece, más que nada, a la necesidad de llevar hasta el final un proceso que, por algún momento, visualizó con un resultado favorable en el tribunal, no tanto por sus deseos de mantenerse en la militancia de un partido como en el PRI en el cual, en definitiva ya no tiene nada a que aspirar.
En suma: nada pierde el mazatleco con su expulsión del PRI y si en cambio otras cosas podría ganar, desde su nueva trinchera política, no precisamente el Movimiento de Regeneración Nacional.
O ¿Cómo la ve usted amigo lector?Por otro lado.
Nota interesante la que dio ayer el gobernador Rubén Rocha Moya, tras la firma de un convenio, aquí en Culiacán, con Carlos Martínez Velázquez, director del Instituto Nacional para el Fondo de la Vivienda de los Trabajadores, de los pocos organismos que no han modificado su nombre en lo que va del sexenio presidencial de Andrés Manuel López Obrador.
Aquí le va:
A raíz de ese convenio, un total de 87 mil 393 familias sinaloenses convertirán su crédito de Veces en Salarios Mínimos (VSM) a pesos, a través de la Ventanilla Universal Compartida. Esto acarreará, como consecuencia, que estas familias, en lo sucesivo, cubrirán mensualidades fijas, a tasas fijas, en el tiempo restante de su crédito.
Del mismo modo, como resultado de ese acuerdo formal, podrán acceder a la figura de Credi-Terrenos, consistente en financiamiento para adquirir un terreno y construir la vivienda a su gusto y satisfacción. Un par de años después de utilizar el Credi-Terrenos, INFONAVIT ofrecerá nuevo crédito, para la edificación de su casa, a las tasas vigentes para entonces.
Un convenio, como lo definió el gobernador Rocha: “orientado a la protección del patrimonio familiar en su aspecto más importante: el de la vivienda”.
Buenas noticias. De las que quisiéramos tener todos los días.
¿No?
A manera de colofón.
Hasta aquí por hoy. Nos vamos ya. Cuídense mucho y Dios los bendiga. Ahora y siempre…