En el Senado de la República, el partido de Morena presentó una iniciativa en la que propone incrementar de 12 a 20 días de salario por cada año laborada y disminuir de 15 a 13 años el periodo para que los trabajadores accedan a recibir la prima de antigüedad.

La iniciativa fue presentada por el senador Cristóbal Aráis Solís , la cual tiene como objetivo ayudar a la clase trabajadora a tener acceso a nuevos beneficios, así como la ampliación y fortalecimientos de estos.

La prima de antigüedad incluida en el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo, se trata de una prestación que se otorga por el solo hecho de trabajar en una empresa durante determinado tiempo.

¿En qué consiste la iniciativa?

La propuesta propone contar con el pago de la prestación de 12 a 20 días de salario por cada año de trabajo y en reducir el tiempo determinado para poder acceder a ella de 15 a 12 años de servicios.

Además, para garantizar el derecho y con el fin de evitar litigios, se propone instituir en la Constitución Política el pago de la prima de antigüedad como imprescriptible. Establece que esta prestación debe pagarse a los trabajadores que se separen voluntariamente de su empleo después de haber cumplido al menos 12 años de servicio.

También a aquellos que se separen por causa justificada o sean separados de su empleo, independientemente de la justificación o justificación del despido.

La iniciativa también contempla la adición de una fracción IX Bis del artículo 123 de la Constitución, en la que se estipule el derecho de los trabajadores a esta prima como imprescriptible, es decir que no pierda vigencia ni validez.

De acuerdo con los datos de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) solo 22% de los trabajadores subordinados tiene una antigüedad superior a los 10 años en su empresa.

SCJN determinó el pago

En 2021, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el pago de la prima por antigüedad es una obligación del empleador cuando el trabajador no la demande de forma expresa, siempre y cuando se dé constancias de los años de servicio, así como la existencia del despido o la rescisión del vínculo laboral.

La resolución de la Corte especifica que el pago de esta prestación procederá siempre y cuando la separación del trabajador no sea por su voluntad y sea debidamente comprobada. La prima de antigüedad solo tendría validez con una antigüedad mínima de 15 años, no lo estipula la ley actual

 

Con información de Publimetro

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