VALIDA LA SCJN MEDIDAS APLICADAS POR LA SHCP AL ESTADO DE SINALOA POR INCUMPLIMIENTO DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA EN MATERIA FISCAL
• La entidad se apartó de los lineamientos expedidos por la autoridad hacendaria federal para la realización de procedimientos de fiscalización El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (La Corte) validó las resoluciones del Servicio de Administración Tributaria (SAT), en las que determinó que el Estado de Sinaloa no cumplió los compromisos que adoptó en el respectivo convenio de colaboración administrativa, pues se apartó de los lineamientos expedidos por la autoridad hacendaria federal para la realización de procedimientos de fiscalización. Como consecuencia, el SAT determinó que el Estado estaría impedido para iniciar actos de fiscalización de contribuciones federales por un periodo de cuatro y seis meses, respectivamente, además de que no tendría derecho a recibir los incentivos correspondientes. Es de resaltarse que, en virtud del convenio suscrito entre la Federación y el Estado de Sinaloa, el segundo asumió facultades en materia de fiscalización de impuestos federales de personas con domicilio fiscal en esa entidad federativa, mientras que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) se reservó la facultad de supervisar y verificar que el Estado ejerciera adecuadamente esas atribuciones. Contra esas determinaciones, el Estado de Sinaloa promovió juicios sobre cumplimiento de los convenios de coordinación fiscal, los cuales fueron calificados como infundados por La Corte, al considerar, entre otros aspectos, que: 1. Las medidas impuestas están expresamente previstas en el convenio. 2. En este tipo de juicios no es posible analizar la constitucionalidad de cláusulas de dichos convenios, pues se limitan a cuestiones de legalidad. 3. No es posible en estos procesos revisar la forma en la que la SHCP interpretó las normas aplicadas por la entidad federativa en los procedimientos fiscalizadores, pues el parámetro de control en este caso son la Ley de Coordinación Fiscal y el clausulado del convenio de colaboración administrativa. Juicio sobre cumplimiento de los convenios de coordinación fiscal 1/2021, promovido por el Poder Ejecutivo del Estado de Sinaloa, en contra de la resolución dictada en el oficio 500-2020-070, de 3 de marzo de 2021, emitida por la Administradora General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria, en el que se confirmó el diverso 500-2020-397 de 26 de noviembre de 2020. Ponente: Ministra Ana Margarita Ríos Farjat. Secretarios: Juan Jaime González Varas y Paúl Francisco González de la Torre. Juicio sobre cumplimiento de los convenios de coordinación fiscal 2/2021, promovido por el Poder Ejecutivo del Estado de Sinaloa, en contra de la resolución dictada en el oficio 500-2021-321, de 21 de octubre de 2021, emitida por la Administradora General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria, en el que se confirmó el oficio 500-2021-277 de 9 de agosto de 2021. Ponente: Ministra Ana Margarita Ríos Farjat. Secretarios: Juan Jaime González Varas y Paúl Francisco González de la Torre. Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial.
CONOCE EL LISTADO DE COMUNICADOS EN LA SIGUIENTE LIGA
https://www.internet2.scjn.gob.mx/red2/comunicados/noticia.asp?id=7601