En México tenemos un sistema de representación mixto: por las vías de mayoría relativa o uninominal y de representación proporcional o plurinominal.

Esto implica que los diputados y los senadores llegan a serlo, por dos criterios de ponderación del voto de los mexicanos; uno, que pondera el voto directo y unitario de los electores que sufragan… y el otro, que es producto de una ponderación indirecta, dado por una razón resultante de dividir y repartir proporcionalmente.

Un número considerable de reformas electorales ha habido en México en los últimos sesenta años: la de 1964, 1977, 1987, 1990, 1993, 1996 y 2014; todas tuvieron de parte del Gobierno de la época respectiva, articuladas justificaciones; sin excepción y sin haber vivido en carne propia los estentóreos debates de las tres primeras, puedo asegurar sin temor a equivocarme un objetivo puntual y muy común, en términos de la corrección política. Esto es, que se proponían garantizar que nuestro sistema político y de partido fuese más competitivo, abierto y plural.

Fue la impulsada el presidente José López Portillo en 1977 y por su tenaz como brillante secretario de Gobernación, el abogado Jesús Reyes Heroles, la más trascendente de todas estas reformas, la reforma madre que dió lugar a la inclusión de las minorías: propuesta, aprobada y entrada en vigor, a impulso del gobierno priista de aquel presidente (LFOPPE de 1977)… e identificada como la reforma ‘reyesheroleana’.

Esta reforma permitió que por vez primera, los otrora ‘guerrilleros’ en las montañas y en las estepas mexicanas, luchando por su reconocimiento legal y el de sus ideales como el de sus representados… luchando por que su verdad fuese escuchada en los años anteriores… gente que estaba recurriendo a la lucha armada y a las “revoluciones tipo guerrilla, en células”, amenazando la estabilidad y la seguridad nacional, fuesen por fin parte del parlamentarismo en nuestro país y enriquecieran con sus intervenciones y luchas formales, en el marco de la legalidad, parte del inventario político de este país…. Y lo hizo Reyes Heroles por encargo del presidente López Portillo, quien reconoció con bochorno y humildad a la vez, que el hecho de haber sido candidato único en la contienda presidencial, no era sinónimo de nada bueno, en un país que aspiraba a consolidar una vida democrática y un sistema de partidos.

Aquí aparecen por vez primera- entre otras 17 grandes reformas fundamentales al sistema electoral mexicano- la disposición de que se reduzca por ejemplo, de 72 a 24 horas el lapso de gracia contemplado para el traslado de las urnas con la votación emitida por la población residente de poblaciones rurales marginadas en el territorio nacional, configurando uno de los grandes y más recientes candados a la democracia mexicana; así mismo, se consolida el lineamiento normativo de que serán dos las vías para escoger a los diputados federales en nuestro sistema electoral: uno por la vía de mayoría relativa, es decir, el voto directo para el candidato postulado… y el de la representación proporcional o plurinominal, que es determinado por el Consejo General del INE, tras la aplicación de una fórmula aritmética, una vez que termina el proceso de conteo de la votación nacional.

El método propuesto en aquella nueva ley electoral de 1977, refleja el resultado de dividir la votación nacional entre el número de espacios propuestos en las diferentes listas de cada partido… y en el caso de tener un cociente menor (que no alcance a dividirse por el divisor, que en este caso es el número de aspirantes propuestos), se divide entre el resto mayor, es decir entre los aspirantes que restan de los listados, para conocer entonces el número de votos que le darán a un aspirante la condición de diputado plurinominal; así entonces, ese número de votos obtenidos se asignará a los aspirantes restantes del listado por cada circunscripción… hasta donde alcance a repartirse y así se determinan los candidatos que “entran a la legislatura”.
En ese año no se determinó que hubiera senadores plurinominales, sino hasta la reforma de 1993, con el presidente Salinas de Gortari.

La reforma aquella de 1977, se propuso solucionar la necesidad de reconocimiento y atención que tuvieron los sectores desprotegidos minoritarios de la población mexicana hasta antes de promulgada esta, por el Gobierno.

Pero tantas reformas en el plano electoral no significan otra cosa que el cuidado que por lo menos sí tuvieron los gobiernos de la época, de extracción priista sin excepción, primero por escuchar a los opositores políticos que, incipientes o no, sí fueron dignos de recibir un tratamiento igualitario y con diálogo… cosa que no sucedió en este sexenio que empezó en 2018 y que hoy agoniza.

Cabe señalar que no ha habido reformas electorales en los gobiernos del PAN; y a lo largo de lo que va del siglo XXI, solo ha habido una reforma y fue la de 2014, durante el gobierno del priista Enrique Peña Nieto. En este ordenamiento quedó plasmado el tema de la equidad de género en la asignación de candidaturas a puestos de elección popular, por parte de los institutos políticos con registro y como forma habitual y permanente de asignar puestos de dirección en todos los organismos, públicos y autónomos o desconcentrados como el INE.

También revelan aquellas adecuaciones legales, el reconocimiento y hasta el respeto que aquellas administraciones reformistas, supieron interpretar y reconocer fielmente el respeto y el reconocimiento que la población mexicana en general les dispensó en su tiempo y hasta la fecha, a notables personajes de la vida pública mexicana que supieron construir en sus inicios, un discurso opositor y una vida consagrada a la lucha de las ideas, en el marco de la clandestinidad e impulsados por las adversidades materiales de la vida; hablamos de Heberto Castillo, Elí de Gortari, Arnoldo Martínez Verdugo, Gilberto Rincón Gallardo, Manuel Marcué Pardiñas y José Revueltas (que murió en abril de 1976, en la víspera de la más trascendente de las reformas electorales por cierto, la de 1977)… y de tantos otros prohombres que forjaron la izquierda mexicana que, ante todo, forjaron a los nuevos cuadros del progresismo… mismos que habrían de cosechar las bondades que ofrece ahora el vaivén democrático… como claramente se observa.

Los gobiernos de entonces, surgidos del Revolucionario Institucional tuvieron con estas reformas, una deferencia para con los luchadores de antaño, que forjaron con sacrificio la postura opositora al PRI mismo… y a la también incipiente derecha mexicana.

Esos gobiernos reformistas de la Ley Electoral de la segunda mitad del siglo pasado, también tuvieron con este afán modernizador de la participación y la representación políticas, una deferencia para con los luchadores de aquella derecha combativa, de reflexiones profundas y de una dignidad inquebrantable. Forjada desde los tiempos de su fundador Manuel Gómez Marín, pasando por Efraín González Morfín, Efraín González Luna, Salvador Nava Castillo, Luis H. Álvarez, Manuel J. Clouthier, Carlos Castillo Peraza, Luis Bravo Mena, entre otros muchos que incluso –en sus inicios y en la época contemporánea- no llegaron a ser beneficiarios de las bondades de las referidas reformas electorales.

Otra arista de la pretensión del legislador de 1977 (o del espíritu en el que estuvo imbuída aquella reforma) es el hecho de que la asignación proporcional de curules deberá estar en función directa del número de votos obtenido por cada partido… los conceptos ‘coalición o alianza’ son nuevos. No forman parte del lenguaje de aquella ley de 1977.
Hoy, deplorablemente contemplamos, que los estos autoproclamados herederos de los luchadores de la izquierda mexicana, mística y ‘luchona’ como fue en sus inicios, pretende olvidar con soberbia sus principios de respeto a las minorías, de respeto a los diferentes, de tolerancia y de afán al diálogo…

Nunca se avizoró la soberbia y el afán de “agandalle” que están mostrando con sus pretensiones y declaraciones los actuales herederos de la izquierda mexicana, agrupada en un trasatlántico sin control ni timonel, que amenaza con arrasar en su arribo al muelle-puerto de la embrionaria democracia mexicana… como en lo que se han convertido Morena y sus partidos rémoras hoy día.

Estos nuevos ‘padres de la Patria’ de extracción morenista y partidos rémora, pretenden ahora de un plumazo, borrar el espíritu que inspiró aquella trascendental reforma ‘reyesheroleana’ de 1977, que consistió en dar la garantía de que un partido no podría tener por ley, más de 300 diputados en una legislatura. Así mismo que con esto se garantice que ningún partido pueda modificar, inspirado por “los arranques” de un líder o en acato a caprichos ideológicos de sus dirigentes, la Constitución General de la República.

Ahora López Obrador y su instrumento coercitivo llamado Morena, junto a sus partidos satélite, fingen demencia y pretenden el “agandalle”, aludiendo a un principio de “sobrerrepresentación” en las cámaras para nigún partido o “fuerza electoral postulante”… como fue este último caso, el de la llamada “Sigamos haciendo historia”.

Su apurada reforma electoral a la Ley sustantiva vigente en la materia, que data de 1996, está contemplando –y asumiendo casi rabiosamente- que el principio de la “sobrerrepresentación” desprendido de la Ley Electoral sustantiva vigente, de fijar como máximo un 8% de las curules y los escaños asignados por la vía plurinominal a los partidos… sea “acumulativo”, de tal suerte que en el caso de ellos (los de Morena-PT y PVEM), tendrán un 8% por cada uno de los partidos que integran la coalición ‘Sigamos haciendo historia’, por lo que en su torcida lógica, se les incrementará a ellos como coalición en suma, un total de 24% más, el número de curules y escaños que les tocan.

Es hilarante el errático y convenenciero criterio…. Y es en definitiva abusiva, la pretensión de Morena y el presidente López Obrador.

Los votos ‘extra’ que se podrán asignar o negociar, serán un promedio máximo… por coalición registrada… no por cada partido.
Será facultad de los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación establecerlo y aclararlo en los próximos días.

Y es que en 1996 no existía la modalidad de agruparse en coaliciones, por lo que el texto aprobado del legislador no lo contempla, pero es claro de suponer, que el espíritu de esa disposición, se refiere a que no podrá pasar de un 8% de sobrerrepresentación de la votación total obtenida por cada partido… o por cada fuerza que postule… es decir, en este caso, por cada coalición.

De otra forma se rompería el principio constitucional de equilibrio o de equidad.
Si Morena obtuvo el 40.8% de los votos emitidos en el proceso del 2 de junio, en este absurdo, llegaría a tener –mediante sus partidos subordinados, fachadas o comparsas- hasta casi el 65% de los lugares en las cámaras legislativas, lo que sería una total aberración y un riesgo latente para el totalitarismo y hasta para la consolidación de ese famoso “cambio de régimen” constitucional que tanto anuncian.

Es decir, a un paso de la mayoría absoluta.

No fue eso lo que inspiró o motivó a Reyes Heroles… definitivamente.

Autor: Héctor Calderón Hallal
@CalderonHallal1;
fixiflaux99@gmail.com;

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