Durante el presente Período Extraordinario de Sesiones, el Congreso del Estado de Sinaloa aprobó un paquete de iniciativas que forman parte de la Agenda Púrpura64, con la cual se busca disminuir las brechas de desigualdades y erradicar la violencia contra las mujeres.

La Agenda Púrpura64 se compone de iniciativas cuyo objeto es disminuir las brechas de desigualdades y erradicar la violencia contra las mujeres, y el color púrpura denota la característica ciudadana y la ausencia de colores de partidos políticos.
En la primera de las dos sesiones de este período extraordinario que se mantiene abierto para incluir otro paquete de reformas, se modificaron 19 leyes para que se sancione como falta administrativa a quienes en los órganos de gobierno municipal o estatal no respeten el principio de paridad.
Estas reformas aplicarán para todos los funcionarios públicos, en los que se incluyen a directores y jefes de departamento, y hasta al momento de entregar fiat notariales.
Es decir, en todos los nombramientos que hagan en cargos subordinados, deberán nombrar a igual número de hombres y mujeres.
En la misma primera sesión se aprobaron reformas a la Constitución Pública del Estado de Sinaloa para establecer que no podrán obtener una candidatura a un puesto de elección popular las personas que:
*Aparezcan en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos y
*Hayan tenido una condena por el delito de violencia política contra las mujeres en razón de género y por delitos contra la familia y/o contra la libertad sexual y su normal desarrollo,
En la segunda sesión, que tuvo lugar este martes, se aprobaron reformas en las cuales se establece que en las relaciones sexuales de personas mayores de 15 años siempre debe haber un consentimiento expreso, voluntario, genuino y deseado, pues de no haberlo se puede incurrir en alguno de los delitos ya establecidos, como son: violación, acoso sexual, estupro, violación a la intimidad sexual y abuso sexual.
De igual manera se reformaron varias leyes para tipificar como delito la violencia vicaria.
Este concepto acuñado en Sinaloa es más incluyente, con perspectiva de género y cuenta con los elementos del tipo penal.
Contempla que la violencia puede ser bidireccional y pone al centro a la mujer y a los hijos e hijas, considera agravantes y nace del estudio del derecho nacional comparado.

Leave a reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *