De Ramos Arizpe a AMLO: de ciudadanos a … ¿súbditos?
Héctor Calderón Hallal
El tránsito de los mexicanos a lo largo de la historia no ha sido poco
traumático; aunque comparativamente, ir de la época del Imperio de
Iturbide al “imperio de la negligencia y la estulticia política de la 4T” …es
hablar de una inmensa distancia, compuesta de un enorme abismo y de un
retroceso evolutivo social.
En los primeros años de vida independiente, tuvieron los primeros
mexicanos voces auténticas de liderazgo y heroísmo, capaces de conseguir
una ciudadanía empoderada, con derechos de vanguardia a salvo, para
sustituir a la antigua y onerosa condición de ‘súbditos’ de la metrópoli.
Voces que articulaban con inteligencia, los más álgidos argumentos que
navegaban en la cresta de la ola de aquella modernidad positivista del
siglo XIX en su primera mitad… al estudiarlos, hoy nos hacen asumir que
empezamos la “clásica carrera del indoamericano” … “de arriba hacia
abajo…o de adelante hacia atrás”.
La propia nacionalidad mexicana ha perdido terreno en los últimos días del
Gobierno de López Obrador y ante su nefasta pretensión de reforma al
Poder Judicial Federal en la agonía de su administración, hoy corremos el
riesgo de ver seriamente mermadas dos de sus principales condiciones
como lo son: nuestra ciudadanía y nuestra libertad, debido a la inminente
desaparición de la independencia y la división de poderes que esa reforma
implicaría.
A saber:
Nuestra vida como nación libre y soberana empieza a contar realmente en
el año 1821.
Fue hasta el 4 de octubre de 1824, tras seis meses de discusiones y
deliberaciones sobre el borrador original, cuando entró en vigor el que es
considerado el primer ordenamiento jurídico supremo de este nuevo país
de la América septentrional, llamado Estados Unidos Mexicanos, con su
consecuente espíritu federalista, representativo y con una clara división de
poderes.
Se trata de la primera Constitución Federal de los Estados Unidos
Mexicanos, que en unos días más cumplirá su primer bicentenario de
haberse promulgado; y que fue la primera Carta Magna de nuestro país
como tal, no obstante el prodigioso documento expedido y divulgado por
el Generalísimo José María Morelos y Pavón, diez años antes
en Apatzingán, Michoacán, también conocido como los Sentimientos de la
Nación, que fue de enorme aportación a este nuevo ordenamiento por su
carácter liberal, humanista, soberanista y sobre todo, dignificador de los
naturales de la Nueva España que aspiraban a su independencia.
Ciertamente aquel manifiesto independentista de Morelos, fue
puntualmente sublime, patriota y elocuente sobre el momento que vivía la
convulsionada y embrionaria nación mexicana envuelta en su Guerra de
Independencia, pero carecía de un atributo fundamental: de un valor
estadual, pues todavía no había Independencia.
Sin embargo, fue José Miguel Ramos Arizpe, genio de la filosofía y la
palabra de aquel tiempo, un patriota excepcional nacido en el Valle de San
Nicolás, antes provincia de la Nueva Extremadura, hoy Estado de Coahuila,
quien impulsó, redactó y suscribió, la primera Constitución
Mexicana oficial junto a Valentín Gómez Farías, Manuel Crescencio
Rejón y…¡Atención!…influenciado por el mismísimo Stephen Fuller Austin,
“Padre de Texas” (de la Texas con “x”… no de la Tejas con “j”, claro está)
un agudo filósofo liberal e independentista estadounidense (entre otros),
quien compartió ideales y conocimientos de la época con Ramos Arizpe,
justamente llamado “El Padre del Federalismo Mexicano”.
Fueron contemporáneos… y hasta se consigna que compañeros de luchas
similares, cada uno por su lado y contra su propio tirano…pero al final,
compartidores de las mismas ideas liberales e independentistas.
Austin fue el primer ciudadano estadounidense a quien el incipiente
Gobierno de México concedió permisos para traer núcleos poblacionales
sajones a la entonces provincia de Coahuila y Tejas, motivados por la
discriminación en estados como Missouri, de donde él era originario.
Así es… la historia debe verse sin prejuicios; en el propio contexto de la
época y en la justa dimensión de sus hechos. No puede estudiarse como
una mera guía anecdótica o de simple enumeración de hechos relevantes.
Ramos Arizpe defendió a la naciente nación mexicana con agudos
razonamientos y argumentos inscritos en la Europa aquella, Republicana y
antinapoleónica, en las propias Cortes Generales Ordinarias y
Extraordinarias de Cádiz, España, de 1810 a 1814. Por lo que fue firmante de
la Constitución de España de 1812.
Un orgullo de México; un sacerdote más profano y moderno que el que
más; la historia consigna que además fue un conquistador
consumado… todo un “macho alfa” durante su estadía en España, ya
convertido en Diputado por su representación novohispana.
Aquellos federalistas firmantes de lo que fue la primera Carta Magna
nacional -volviendo a 1824- encabezados por Ramos Arizpe, luchaban por
la libertad de expresión y de pensamiento; por una soberanía popular;
propusieron por primera vez como forma de Gobierno, el tener una
República Federal… y ejercer el poder en tres diferentes modalidades: un
Poder Ejecutivo, un Poder Legislativo y un Poder Judicial.
Con Ramos Arizpe pasamos de ser ‘súbditos’ de un monarca o un
emperador… a ser ciudadanos de un Estado moderno.
Con este nuevo ordenamiento se fortaleció la consolidación de Estados
libres y soberanos, con una Constitución Político Local y un Congreso
Constituyente para cada uno, así como un sistema de división de poderes
triforme, igual que el de la República Federal.
Sí…desde la Constitución de 1824 se encuentra este principio del ejercicio
del poder en nuestro país: dividido en tres formas.
Cabe destacar que este ordenamiento reprodujo, también, aquella
consigna que tiene hoy desquiciado al actual presidente López Obrador y
que nos tiene a todos, tramposamente recetada desde hace años en
su “soliloquio de balbuceos mañaneros”, para justificarse en sus nefastas
como trastornadas pretensiones reformistas al Poder Judicial de la
Federación: “La soberanía nacional reside esencialmente en los pueblos;
ningún pueblo está para sojuzgar a otros; el pueblo es libre de elegir la
forma de Gobierno que más le convenga…”; y de hecho sigue apareciendo
también el espíritu de aquel legislador embrionario de 1814 en la actual
redacción del artículo 39 constitucional actual, como hubo de aparecer en
la del 24 y la del 57… pero que es propicia para el atributo interpretativo de
todo ordenamiento jurídico; literalmente no debería… no podría aplicarse
en esencia.
Porque para empezar el concepto pueblo es amorfo, inexacto y en
desuso…. Morelos lo usó concretamente para referirse a los pueblos
del centro, el bajío y la costa centro-occidental novohispanos de aquel
momento…para referirse a los poblados… y no como Maquiavelo lo usó y
sus adoradores lo siguen empleando erróneamente, como una categoría
filosófica. Lo correcto es ciudadanía, población, etcétera.
Este presidente mexicano -aun- y sus secuaces como corifeos, han hecho
un uso indiscriminado… es más, han prostituido el término ‘pueblo’ para
robustecer su demagogia ante sus seguidores y ‘becarios’ en todo el país.
Como bien lo señaló el desaparecido y brillante filósofo Arnaldo
Córdova, en su ensayo “El Principio de la Soberanía Popular en la
Constitución Mexicana”, aparecido originalmente en el libro Valadés,
Diego y Carbonell, Miguel (Coordinadores), El Estado Constitucional
Contemporáneo, México, UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas,
2006: “La soberanía nacional reside esencial y originalmente en el pueblo
(dice textualmente el artículo 39 constitucional) … No hay nada oculto en
esa frase; soberanía nacional y soberanía popular son la misma cosa. Lo
que se desea detentar es la autoridad del pueblo (de la ciudadanía),
incontrovertible, irresistible, inalienable, imprescriptible, exclusiva,
intransferible y absoluta, para decidir el destino de su nación…la sociedad
organizada políticamente”.
Luego dice: “Lo que es el pueblo, lo deja perfectamente claro el Capítulo IV
del Título Primero de la Constitución: son los ciudadanos los que integran
el pueblo, el cuerpo político de la nación y, para ser ciudadanos se deben
integrar ciertos requisitos. Esos ciudadanos son el pueblo que decide por
la nación y la sociedad de los mexicanos”.
Así que más claro ni el agua; “al pan, pan… y al vino, vino”; no hay porque
seguir llamando pueblo a los ciudadanos o al cuerpo político de la nación
que, finalmente, es “pueblo habilitado o facultado… con requisitos”. Por
tanto, el poder no solo no reside ni dimana directamente en el pueblo… sino
en los ciudadanos, con atributos y derechos.
En todo y por todo, durante este Gobierno que prometió ser progresista, de
avanzada…que empoderaría a los ciudadanos de frente a la resistencia
tradicional de las estructuras oficiosas y de las propias leyes
burocráticas… este Gobierno nos devolverá en breve, con la citada reforma
al Poder Judicial, a la condición de ‘pueblo raso’ del medievo… de súbditos
de las grandes monarquías e imperios de la historia… no obstante que
fuimos, desde 1824 -el 4 de octubre cumpliremos 200 años- auténticos
ciudadanos con derechos a salvaguarda, en el marco de un régimen
republicano, federal, representativo y popular que hoy, se encuentra
amenazado seriamente con descomponerse y perecer ante la locura y el
ánimo de venganza, de un aventurero político, delirante y
megalomaníaco, que ya perdió toda proporción posible de la realidad.
Ojalá y podamos llegar a ese 4 de octubre sin contratiempos, para
refrendar -aunque sea por última vez- ese compromiso con un régimen
republicano y federalista, donde nuestro gran contrapeso a los excesos de
cualquier desequilibrado en el Poder Ejecutivo, lo fue siempre el Poder
Judicial.
Autor: Héctor Calderón Hallal
@CalderonHallal1;
fixiflaux99@gmail.com;
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