En Sinaloa, el TEPJF sanciona a experta en derechos humanos por conversaciones privadas de WhatsApp; caso abre debate sobre privacidad y libertad de expresión
La resolución de la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que sancionó a una ciudadana por mensajes privados de WhatsApp ha abierto un debate sobre los límites entre la violencia política de género y el derecho a la privacidad en las comunicaciones personales.
El caso involucra a la diputada sinaloense con licencia Almendra Negrete Sánchez y a la activista de derechos humanos María Emma Zermeño López, quien actualmente se desempeña como asistente en la Secretaría de las Mujeres del Gobierno de Sinaloa.

Conversaciones privadas y denuncia
De acuerdo con la cronología del caso difundida por el despacho Defensa Electoral, entre 2024 y 2025 Zermeño sostuvo conversaciones privadas con un amigo a través de WhatsApp, en un tono coloquial y de confianza.
Posteriormente, ese contacto ingresó a trabajar con la diputada Negrete y le entregó capturas de pantalla de los chats que había mantenido con la activista tiempo atrás. Con base en ese material se presentó una denuncia.
En un primer momento, el Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa determinó que no podía analizar el contenido de un chat privado, al considerar que las comunicaciones personales están protegidas por el derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones. Sin embargo, la resolución fue impugnada y el caso llegó a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
El 26 de febrero, dentro del expediente SG-JDC-17/2026, la Sala Regional revocó la decisión del tribunal local y concluyó que sí se acreditaba violencia política de género por parte de Zermeño contra la diputada con licencia.
Con ello, el órgano federal ordenó modificar el criterio inicial y estableció la sanción correspondiente.
Impugnación ante la máxima instancia
Tras la resolución, el 3 de marzo Zermeño, a través de Defensa Electoral, presentó un recurso de reconsideración ante la Sala Superior del Tribunal Electoral con el objetivo de revertir la sentencia.
La defensa sostiene que el caso no corresponde al ámbito electoral, además de que sancionar conversaciones privadas, surgidas en un contexto personal, podría vulnerar derechos fundamentales como la privacidad y la libertad de expresión.
Debate por el precedente
El caso ha generado discusión en círculos jurídicos y políticos debido al posible precedente que podría establecer.
Por un lado, especialistas señalan la importancia de sancionar expresiones que puedan constituir violencia política de género. Por otro, la defensa de la activista advierte que la resolución podría abrir la puerta a que conversaciones privadas filtradas sean utilizadas como prueba en procedimientos electorales.
De confirmarse el criterio, advierten, se plantearía un escenario inédito en el que mensajes enviados en espacios de confianza, como chats personales, podrían ser objeto de análisis y sanción por autoridades electorales.
La decisión final quedará ahora en manos de la Sala Superior del Tribunal Electoral, que deberá determinar si la sanción se mantiene o si prevalece el criterio de protección a la privacidad de las comunicaciones.
El caso fue retomado en la marcha por el Día de la Mujer en Culiacán, en la que mujeres que se manifestaron pegaron posters con el rostro de la diputada y con una línea de censura en sus ojos, en respaldo de la funcionaria de la SEMujeres sancionada.
Con información de Noroeste

