Esto es lo que pasa con el dinero de la Pensión Bienestar en caso de muerte
Muchas personas actualmente en nuestro país son beneficiarias de la Pensión Bienestar, una ayuda del gobierno para las personas de la tercera edad o discapacitadas, la cual ofrece apoyo económico que, aunque no es suficiente para solventar todos los gastos de una persona, sirve como un aporte pensado para mejorar la calidad de vida de los beneficiarios.
Durante los últimos años muchas personas se han beneficiado de este programa social sin cuestionar mucho la forma en la que funciona, es por ello que son realmente pocas las personas que conocen bien los lineamientos de esta ayuda del gobierno.
Esta información es de vital importancia, no solo para quienes cuentan con la pensión, también para los familiares del pensionado, pues en caso de emergencias o incluso de fallecimiento del beneficiario principal, se debe conocer lo que puede ocurrir con el dinero pendiente a recibir.
¿Qué pasa en caso de fallecimiento con la Pensión Bienestar?
La Pensión Bienestar tiene ya estipulado lo que ocurre cuando un beneficiario fallece, pues aunque no se nombre a alguien en concreto para seguir recibiendo el apoyo, será la persona que auxilió al adulto mayor o persona discapacitada en cuestión quien reciba la última ayuda del fallecido, el llamado ‘Pago de Marcha’.
Se trata de una compensación económica dirigida a quienes se encargan de los gastos fúnebres de la persona fallecida o a quienes los han acompañado y cuidado en sus últimos años de vida, aunque no se trata de una suma fuerte de dinero, es de mucha ayuda para familias en situaciones complicadas.
¿De cuánto dinero es el último depósito de una persona fallecida con la Pensión Bienestar?
En el caso de muerte de un adulto mayor el ‘Pago de Marcha’ es de 2 mil 400 pesos mexicanos, por otro lado, en el caso de que la persona fallecida sea parte del programa para discapacitados, el pago es de mil 475 pesos y vale la pena recordar que se trata de un depósito único.
Muchas personas creen que tras el fallecimiento del beneficiario, algún miembro de su familia puede seguir recibiendo este apoyo, pero la realidad es que no es el caso, tras la muerte del adulto mayor o persona con discapacidad, no habrá más depósitos luego de recibir el ‘Pago de Marcha’.
¿Qué debo hacer para recibir el Pago de Marcha?
Es importante mencionar que este último depósito tiene que ser tramitado, es decir que se tiene que solicitar y presentar la documentación necesaria para obtener el beneficio y en caso de no hacerlo en tiempo y forma, puede perderse de forma definitiva.
- Notificar lsobre el deceso del derechohabiente en uno de los Módulos del Bienestar, o en la Línea del Bienestar (800 639 4264)
- Estar previamente registrados como personas auxiliares en el programa correspondiente
- Es indispensable que el adulto auxiliar no haya recibido ningún pago en el bimestre de fallecimiento del beneficiario o posterior a esa fecha
- Ir al módulo con una identificación oficial y el original del acta de defunción y/o constancia médica emitida por alguna institución oficial pública para certificar el fallecimiento dentro de los dos bimestres siguientes al fallecimiento
Con información de Fama