El lunes 22 de enero vencía el plazo que el Juzgado Primero de Distrito otorgó al Congreso del Estado, la Comisión Instructora, la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación y la Junta de Coordinación Política, para cumplir con la sentencia de amparo que se le otorgó a Jesús Estrada Ferreiro en el procedimiento de Juicio Político JP/004/2022, en la que se ordena a las autoridades responsables dejar insubsistente todo lo actuado en el procedimiento y se declare improcedente la denuncia del Juicio Político JP/004/2022.

El Diputado Ricardo Madrid Pérez con un oficio firmado con fecha del 19 de enero, pero presentado hasta el día 22 del mes que transcurre, informó al Juzgado Primero de Distrito que el Dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación sería sometido al pleno del Congreso hasta en la siguiente sesión ordinaria, sin embargo, en las sesiones ordinarias del martes 23 y jueves 25 de enero del año en curso, el Dictamen no fue propuesto al pleno del Congreso.

Señala Jesús Estrada Ferreiro en su petición ante el Juzgado Primero de Distrito que el Pleno del Congreso y la Junta de Coordinación Política, con dolo y perversidad no cumplieron puntualmente con la ejecutoria de amparo dentro de los tres días que les fueron otorgados para dar cabal cumplimiento a la sentencia, y por esa razón pide que se apliquen las sanciones que establecen los artículos 192 y 193 de la Ley de Amparo, en los cuales se señala que procede aplicar una multa y remitir el expediente al Tribunal Colegiado en Materia Administrativa para la separación del cargo y consignación de aquellos servidores públicos que sin causa justificada y buscando evasivas no cumplen puntualmente con una ejecutoria de amparo.

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