La prisión preventiva oficiosa por lo general castiga la pobreza, asegura Zaldívar
Durante la sesión, Arturo Zaldívar detalló que la prisión preventiva oficiosa es “abiertamente inconvencional porque es una sentencia adelantada”, y consideró que es “contraria al principio de presunción de inocencia”.
Arturo Zaldívar, Ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), dijo este martes que la mayoría de personas sujetas a prisión preventiva oficiosa son de escasos recursos.
Mediante un mensaje en su cuenta de Twitter, Zaldívar detalló que la medida cautelar se trata de una condena sin sentencia, que por lo general castiga la pobreza.
“La mayoría de las personas sujetas a prisión preventiva oficiosa son de escasos recursos. Se trata de una condena sin sentencia que, por regla general, castiga la pobreza. Debemos avanzar hacia un sistema que establezca la prisión preventiva como excepcional”, escribió el Ministro.
La mayoría de las personas sujetas a prisión preventiva oficiosa son de escasos recursos. Se trata de una condena sin sentencia que, por regla general, castiga la pobreza. Debemos avanzar hacia un sistema que establezca la prisión preventiva como excepcional. #SCJN
— Arturo Zaldívar (@ArturoZaldivarL) October 26, 2021
Apenas el día de ayer, la SCJN declaró inconstitucional la prisión preventiva oficiosa por defraudación fiscal, contrabando y por la expedición, venta, enajenación, compra o adquisición de comprobantes fiscales falsos.
Con una mayoría de ocho votos, el pleno de la Corte invalidó la prisión preventiva oficiosa para dichos delitos, con lo que dejó sin validez las reformas al párrafo segundo del artículo 187, el párrafo tercero del artículo 256, la adición de un párrafo séptimo con las fracciones I, II y III al artículo 167, así como un párrafo tercero al artículo 192 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
Los ministros que votaron a favor son: Arturo Zaldívar, José Fernando Franco González Salas, Luis María Aguilar Morales, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Javier Laynez Potisek, Norma Lucía Piña y Alberto Pérez Dayán.
Durante la sesión, Arturo Zaldívar argumentó que la prisión preventiva oficiosa es “abiertamente inconvencional porque es una sentencia adelantada”, y consideró que es “contraria al principio de presunción de inocencia”.
La prisión preventiva oficiosa es inconvencional, por ser contraria al principio de presunción de inocencia. Al interpretar la Constitución estamos obligados a hacerlo a la luz del artículo primero constitucional y privilegiar el principio pro personae. pic.twitter.com/MmmuxgMpeI
— Arturo Zaldívar (@ArturoZaldivarL) October 25, 2021
La SCJN inició el estudio de constitucionalidad del decreto del 8 de noviembre del 2019, por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, de la Ley de Seguridad Nacional, del Código Nacional de Procedimientos Penales, del Código Fiscal de la Federación y del Código Penal Federal.
Sin embargo, el Presidente Andrés Manuel López Obrador consideró esta mañana que la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre la prisión oficiosa va en la línea de seguir “protegiendo la corrupción” y “seguir apoyando a las minorías, quienes tienen más dinero”.
Con informacion de SinEmbargo.mx