Héctor Calderón Hallal

Un influyente columnista… propiamente una institución del periodismo en México, como lo es Don Federico Arreola, publicó este sábado en la plataforma noticiosa que él mismo dirige (SDP Noticias), un sugerente artículo denominado ‘Mucho Montesquieu más abuso en bebidas espirituosas es igual a espiritismo jurídico mediático’.
Al adentrarse en el texto, confirma la calidad pero sobre todo el sentido de oportunidad que como un grande del periodismo mexicano es Don Federico… no obstante, el trabajo citado motiva al suscrito a emitir un personal punto de vista y a expresar desacuerdo sobre la semiótica que toma su crítica.
El columnista bajacaliforniano, radicado desde hace muchos años en la Ciudad de México, atribuye a prestigiados opinadores que han expresado su desacuerdo con la intención del actual Presidente de la República y sus seguidores, de asumir desde ya –y anunciar una férrea lucha jurídica en caso de no verse favorecido- porque a la coalición integrada por los partidos Morena, Partido Verde Ecologista Mexicano y Partido del Trabajo, les sea asignado un 8% adicional (y de forma unitaria, por cada uno de los tres partidos) en el número de legisladores federales, de conformidad –según su conveniente interpretación, que es textual- con lo que marca la actual ley electoral sustantiva vigente desde su última penúltima enmienda en 1996… no obstante, el espíritu, o la intencionalidad del legislador en aquella enmienda de 1996, era que ningún partido, particularmente el partido dominante de la época que era el PRI, alcanzara en un proceso electoral a conseguir más de 300 curules en la Cámara de Diputados, ni más del 40% del total de las curules en el palacio Legislativo; consecuentemente, el factor del 8% como máximo, establecido en aquella reforma legal al ordenamiento electoral, era alusivo a los partidos… pero porque la figura de la coalición no existía en aquellos años… al decir “partido” el legislador se refirió a la fuerza electoral que respaldaba o abanderaba a un candidato… que lo ‘siglaba’ , para decirlo en términos actuales…vamos… a la marca, a la franquicia que lo patrocinaba; que desde hace varios procesos electorales, han sido coaliciones, es decir asociaciones temporales de partidos, cuya vida útil, legal, es hasta el momento en que se declara finalizado el proceso electoral.
Y es que en términos jurídicos, la vida útil, con consecuencias legales constitucionales, de todo partido que participa o fuerza electoral que participa en un proceso electoral, es desde el día en que se instala el Consejo General del INE, hasta que se emite la declaración de validez de la elección por parte de ese otro gran Tribunal Constitucional (único, aparte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación) que es el Tribunal Federal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Mientras “esté vivo” el proceso electoral de marras, la bandera o la franquicia que está detrás de cada candidato… es lo equivalente a su partido, por lo que en todo momento en que ese Tribunal o ese Consejo General del INE se tengan que pronunciar con resoluciones vinculantes a ese proceso, lo harán considerando que tal o cual candidato –en ese caso- abanderó a la coalición “fulana, sutana o mengana”… y no a un partido en lo específico.
Así fue como declaró bajo protesta de decir verdad, cuando se registró ante el órgano jurisdiccional electoral correspondiente… “como abanderado de la coalición”… y no de un solo partido de los coaligados.
Además, recibió presupuesto de todos olo spartuidos que integraron esa coalición… así como tiempos respectivos propiso de todos los partidos coaligados para su difusión en en los diferentes medios… no nomás de uno.
Resulta más que deplorable… abominable, la pretensión del presidente López Obrador y sus fanáticos seguidores en el Gobierno… no son de un demócrata. Son de un tiranuelo gandalla… acorralado, “azorrillado” porque sabe que obró mal y que, si no se protege de sus adversarios, heredando una fuerza descomunal e ilegal a su sucesora, podría quedar franco en “el juicio de la historia”…. Que es implacable… de él ningún gobernante huye.
Porque sí mintió… sí traicionó… y sí abandonó a la mitad de la población mexicana… porque gobernó para la mitad, que es su fiel –y cooptada- clientela electoral.
Aunque hasta hoy… al suscrito no le consta que robó.
Pero a propósito del álgido trabajo de ayer de Don Federico Arreola, valdría la pena establecer:
Para empezar, es menester señalar que con el anarquismo y el populismo “ramplón” instalados en el poder en este país desde 2018, ha llegado tácitamente también una especie de ‘Despotismo Ilustrado’: lo que fue en Europa Central durante la segunda mitad del siglo XVIII, el intento de las monarquías de conseguir el progreso de su nación aplicando conocimientos derivados de la ‘Ilustración’.
Así era el llamado ‘Antiguo Régimen Europeo’, nutrido exclusivamente ‘Ilustrados’, por lo que fue en absoluto, una visión Etnocentrista (Eurocentrista)… Curiosamente de lo que tanto reniegan estos “rabiosos pseudorrevolucionarios de pachuli y morral”, que llegaron al poder para “componer el mundo” de la “tragedia neoliberal”.
Todas las decisiones partían en aquella Europa del siglo 18, de un poder omnímodo, absoluto, concentrado en un “rey sol” o en un emperador infalible… perfecto; un predestinado por “obra y gracia de Dios”.
Montesquieu, Rousseau, Voltaire y otros, igualmente grandiosos como el mismísimo Max Weber, casi un siglo después que los anteriormente señalados, fueron auténticos rebeldes a la ideología derivada o sutilmente impuesta por el ‘Antiguo Régimen’ de Despotismo ‘Magnánimo’ o ‘Benevolente’, proveído por un solo individuo ‘todopoderoso’ o único… un monarca o emperador ‘ilustrado’… casi ‘predestinado’.
Pero fue el alemán Max Weber, quien de forma más clara y deliberada habló de la importancia del proceso cognoscitivo que es toda interpretación, tratándose de todo proceso vinculado al conocimiento humano.
En senda obra, considerada una explicación del germen de las democracias modernas para muchos, denominada ‘La ética protestante y el espíritu del capitalismo’, Weber, también considerado el padre de la sociología, ‘interpreta’ puntualmente con elementos y método, considerados científicos, los factores que determinaron el éxito y la proliferación del capitalismo, en estados nacientes.
‘Interpretar’ es la clave; no confinarse a los dictados del ‘funcional-estructuralismo’ del antiguo régimen de los estados centro-europeos (en su mayoría monárquicos y dogmáticos).
Tanto los principales filósofos franceses de la revolución, como también el alemán Max Weber un siglo después, rompen con el ‘reduccionismo biologicista’ producto del conductismo de la época monárquica y sus determinismos culturales.
Y aportan, los revolucionarios de manera difusa quizá, pero Weber con toda frontalidad y claridad a través de la teoría sociológica –reconociendo la acción de la sociedad-, un nuevo elemento a la ciencia moderna… la interpretación.
Eso de lo que paradójicamente se ufanan los anarquistas y populistas de hoy, razón incluso por la que combaten con rabia al positivismo y al ‘legalismo’… pues alegan que la razón no puede obtenerse únicamente en la dimensión lineal o directa, sino que puede obtenerse de forma indirecta, ya que “muchas veces no pueden conjuntarse todos los factores y las variables de un fenómeno en un mismo vaso… y no siempre se pueden ver o sentir”… claro… es la interpretación el camino, que nos arroja un resultado por sustitución, por eliminación …y hasta por deducción (Lógica).
Curiosos quedáramos en México, con espulgar y aplicar “a pie juntillas” lo que dice nuestra Constitución, de manera textual, específicamente en sus apartados dictados con un trasfondo político… a la manera de un “manifiesto revolucionario”… como están escritos los manifiestos de las “Revoluciones Cubana o Sandinista”.
Por ejemplo, nuestra Ley Suprema dice en su Título Primero, alusivo a los Derechos Humanos y sus Garantías (antes las multicitadas y célebres ‘Garantías Individuales’):
Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece… (Está en veremos, no siempre se cumple.)
“Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley…” (También, no deja de ser una simple aspiración grandilocuente y abstracta).

“Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas…” (¡Va a estar fácil!)

“Esta Constitución reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas a la libre determinación y, en consecuencia, a la autonomía para:

  1. Decidir sus formas internas de convivencia y organización social, económica, política y cultural. II. Aplicar sus propios sistemas normativos…(¿?)…” (Igual … no deja de ser un enunciado abstracto…o en el peor de los casos una contradicción para el Orden Jurídico Nacional…)

“Artículo 4o. Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo…” (¿A poco?).

“Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible…” (¿Perdón?)

“Artículo 6o. La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado…” (Jejeje… ¿Será cierto Ricardo Alemán, Carlos Loret de Mola, Brozo, Azucena Uresti, Ángel Verdugo, Joaquín López Dóriga, Ciro Gómez Leyva… y tantos y tantos otros?)

Y esto es nomás en los primeros artículos…
Es imprescindible la interpretación, para alcanzar a determinar el ‘espíritu’, la intencionalidad de quienes suscribieron esas leyes.
Y sí…¡Por supuesto!… Nuestra Constitución es un catálogo de buenas intenciones en muchas de sus disposicionres normativas.
¡Por favor Maestro Arreola!… Seamos congruentes. Nuestra Carta Magna es un mamotreto de 362 páginas; constituido de 136 artículos y un total de 19 artículos transitorios, contados desde 1993.
Mientras que en los Estados Unidos de América, paradigma del desarrollo político incluso de nuestro tiempo, la Constitución Política es un documento de escasas 21 páginas, con un solo artículo principal y 27 enmiendas constitucionales a lo largo de sus casi 250 años de historia como país; estructura normativa que está sujeta de manera estricta y puntual a la interpretación dada por una herramienta neurálgica para la vida jurídica de países como Estados Unidos de América y otros igualmente desarrollados como Alemania: la “Jurisprudencia”, que no es otra cosa que todo un lenguaje interpretativo, articulado a base de razonamientos, criterios y técnicas jurídicas.
En las universidades no existe la carrera de “Derecho” o de “Leyes”… la carrera se llama “Jurisprudencia”….es lo que estudian los estadounidenses y los alemanes…entre otros.
Y es, se reitera, un compendio de técnicas y criterios jurídicos para …i-n-t-e-r-p-r-e-t-a-r la ley.
Interpretar, que es la forma en que Max Weber nos deja su legado como ‘Padre de la Técnica Sociológica’… de quien escribimos líneas atrás, como uno de los intelectuales rebeldes al “Conductismo-Estructuralismo Centro Europeo” del Siglo XVIII, que era “a modo” de las monarquías y los imperios.
Ellos sí propugnaban por la interpretación “textual” (sin quitarle ni una coma) de la ley…. Y eso que abominan el principio aquel de que “La Ley es la Ley”… ¿Pues quién los entiende?… ¡Que los entienda su abuela!
Y tanto El Barón de Montesquieu como Max Weber, no obstante que fueron pensadores de muy disímbolas corrientes y diferentes épocas… ambos defendieron la semiótica (es decir, la dirección y el sentido) que debe tener todo ordenamiento normativo, por parte de cualquier autoridad legalmente constituída, para poder cumplir cabalmente con el interés supremo del Estado, que es interpretar fielmente la voluntad popular… sus necesidades, sus apremios, sus exigencias.
Sobre Montesquieu descarga su crítica ayer el admirado maestro Arreola, argumentando que todos los que están en contra del pretendido “agandalle” del presidente y Morena, al pretender incrementar abusiva e ilegalmente de 40.8% su representación total como fuerza electoral en la Cámara Baja a casi 65% (64.8%)… leyeron a Montesquieu en su tratado ‘El espíritu de las leyes’ y que además… presentaron sus argumentos y articulaciones en torno al caso de la ‘sobrerrepresentación’ con la necedad de un borracho…
¡Uff!… Muy duro el juicio Don Fede!
Este humilde abogado y aprendiz de articulista, se asume como un lector suyo desde su adolescencia tardía, en aquellos noventas donde desde aquel embrión de lo que es hoy el Diario Milenio de la Ciudad de México, junto a otros dos grandes de la opinión, como Raymundo Rivapalacio y Carlos Marín, construían ya un ambiente de libertad para opinar y criticar desde ahí al ‘Zedillato’, preparando las condiciones para la alternancia democrática… que al final sí sucedió… porque precisamente el “villano favorito”, Ernesto Zedillo, surgido del PRI, puso las condiciones para un proceso sucesorio más o menos equilibrado.
Pero esta vez, con todo el respeto que me inspira, no concuerdo con usted Don Fede y soy, aunque usted no me haya leído, uno de los muchos “comentócratas que nos hemos convertido en espíritistas o mediums” según usted y hemos manifestado una opinión en contra del agandalle de AMLO y Morena por la vía de una “sobrerrepresentación” ilegal y mal interpretada: https://mxpolitico.net/el-espiritu-de-la-reforma-reyesheroleana-fue-evitar-agandalles/
Así que ni espiritistas mediáticos… y mucho menos viciosos. Tampoco despreciamos lo que dice el texto de la Constitución; por el contrario, muchos mexicanos bien intencionados, tratamos de darle un sentido y una dirección… como debe ser en toda Carta Magna.
Y ya entrados en dichos folclóricos, me inclinaría más a ponderar la frase del ínclito personaje del Cine de Oro Mexicano, “Don Cruz Treviño Martínez de la Garza”, interpretado magistralmente por el histrión coahuilense, Don Fernando Soler, en un brutal “mano a mano” de actuaciones, sostenido con el inmortal Pedro Infante Cruz “Silvano”, cuando en la cantina, a mitad de su atropellada interpretación de la canción “Con el tiempo y un ganchito” en la película “La Oveja Negra”, (1949/Ismael Rodríguez/Foto: Jack Draper/México), Don Cruz lanza su consigna ranchera, henchido de emoción…”Porque borrachos no son los que beben vino y se emborrachan al siguiente día… borrachos son los que amanecen crudos y siguen tomando todavía”.
Igual aplica para la necedad de nuestros días: “¡Porque necios no son los que critican la ilegalidad desde el periodismo… y critican también al siguiente día;… necios son los que “jeringaron” por la mañana al pueblo seis años completos con su necedad e impericia… y lo siguen “jeringando” todavía!

Autor: Héctor Calderón Hallal
@CalderonHallal1;
fixiflaux99@gmail.com;
“Las opiniones vertidas en este artículo, son responsabilidad exclusiva de su autor; por lo que no constituyen en modo alguno, la opinión institucional de este medio.”

 

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