La organización Alianza para el Gobierno Abierto en México rechazó la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que invalidó la resolución del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) que ordenaba entregar el nombre y cargo de todo el personal de investigación y persecución de delitos en la Fiscalía General de la República (FGR).

De acuerdo con las organizaciones, esta “socava el principio constitucional de inatacabilidad de las resoluciones de los órganos garantes de transparencia y acceso a la información”.

Este jueves, la controversia constitucional 325/2019 invalidó por mayoría de votos el recurso de revisión RRA 9481/19, emitido el 28 de agosto de 2019 por el INAI, para no divulgar información relativa a asuntos de seguridad pública.

De acuerdo con la SCJN, la resolución podría comprometer el ejercicio de la FGR y la seguridad pública del país, ya que la información “podría ser aprovechada por los grupos criminales para conocer la capacidad de reacción de la FGR” y revelaría a detalle “las características funcionales del personal” y su organización.

Advirtió que grupos criminales podrían“obstaculizar o bloquear actividades de inteligencia y contrainteligencia en el combate a la delincuencia y la investigación de los delitos federales”.

Además, señaló los Ministerios Públicos de la Federación están sujetos a cambios de adscripción.

La SCJN también invalidó la resolución del INAI donde ordenó a la FGR entregar los nombres y cargos del personal administrativo de la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO), porque tiene acceso a información como operativos, turnos de asuntos, armamento, imputados y víctimas, entre otros.

La Alianza para el Gobierno Abierto en México denunció que dicha decisión representa un obstáculo en el ejercicio del derecho de acceso a la información, porque genera un precedente que “abre la posibilidad”de “interponer acciones jurídicas, como la controversia constitucional bajo el argumento de invasión de competencias”.

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Esto, sostuvo, “permite acciones para buscar retrasar y/o cerrar los canales oficiales de acceso a la información”. Reiteró que las resoluciones del INAI son “son obligatorias e inatacables” porque el organismo es autónomo e independiente.

“Limita su facultad para determinar el interés público de la información que tendría que transparentarse y genera un grave retroceso en el alcance de sus resoluciones, las cuales, constitucionalmente son vinculantes e impugnables”, declaró en un comunicado.

Señaló que la decisión es contraria a los principios constitucionales de la reforma en materia de transparencia de 2014, al tiempo que socava “el principio de máxima publicidad”e impacta “en el derecho a saber de la sociedad”.

Por su parte, el INAI señaló este jueves que el fallo del pleno de la Suprema Corte de la Justicia de la Nación (SCJN) mina el derecho de acceso a la información y “sienta un mal precedente para la inatacabilidad de las resoluciones de este organismo”.

Por separado, las comisionadas y comisionados de la institución también mostraron su desacuerdo.

Con información de Aristegui Noticias

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