Con la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) de las reformas a la Ley General de Comunicación Social (LGCS) , a partir de este 28 de diciembre –que entren en vigor– el país estará en campañas preelectorales y electorales permanentes, con el argumento de que se respeta la libertad de expresión. Las conferencias matutinas del presidente Andrés Manuel López Obrador, por ejemplo, en las que actualmente no se pueden difundir supuestos logros de gobierno ni llamar al voto por partidos o candidatos durante procesos electorales en curso, o no difundirse en entidades con elecciones, quedarán libres de esas limitantes.

Con las reformas quedarán invalidados los escasos límites que hasta ahora habían sido impuestos por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) a las mañaneras del presidente, así como los criterios que ha aplicado ese organismo y el Instituto Nacional Electoral (INE) para detener el activismo de los servidores públicos con uso de recursos públicos, en aras de la equidad en la competencia política. Las modificaciones publicadas en el DOF forman parte del “Plan B” de reforma electoral presidencial y consisten en cambios a la Ley de Comunicación y a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, dos de las reformas que ya quedaron firmes al ser avaladas en sus términos por las dos cámaras del Congreso, por lo que sólo faltaba su promulgación. Las reformas a otras cuatro leyes que también son parte de ese “Plan B” y que ordenan la reorganización del Instituto Nacional Electoral (INE), el recorte a su estructura y personal, aún están congeladas. Falta que los senadores confirmen o no los cambios hechos de última hora por los diputados y remitan al Ejecutivo lo aprobado por el Congreso, para su promulgación. Las reformas a la Ley de Comunicación Social se realizaron, de acuerdo a Morena y sus aliados, para acatar la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que al invalidar artículos de la llamada “Ley chayote” emplazó al Congreso a fijar criterios claros y objetivos para la asignación de la pauta de publicidad oficial. No obstante, ésto no se hizo y se redefinió el concepto de propaganda gubernamental. Ahora se define como el “conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones y proyecciones difundidas con cargo al presupuesto público, etiquetado de manera específica para ese fin, o mediante el uso de tiempos oficiales, por un Ente Público” y con el fin de difundir el quehacer, las acciones o los logros” o información de interés público. Además se resolvió que “no constituyen propaganda gubernamental las manifestaciones de las personas servidoras públicas que realicen en uso de su libertad de expresión y en el ejercicio de sus funciones públicas”. “Tampoco constituye propaganda gubernamental la información de interés público que realicen las personas servidoras públicas, conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, difundida en cualquier formato de manera gratuita”, señala. Sólo con esos tres cambios se modificará la forma de ejercer el presupuesto en publicidad o propaganda oficial, pues únicamente lo será si está etiquetada con ese rubro y no con el concepto de “asesorías”, “apoyos diversos” u otros conceptos con los que suele registrase.

Además gracias a los cambios todos los servidores públicos podrán promover sus aspiraciones políticas o los de otros haya o no elecciones en curso; podrán difundir en todo momentos sus “informes” de gestión o legislativos, y emitir posicionamientos desde sus redes sociales, por ser medios “gratuitos”. O bien, podrán realizar conferencias con referencias electorales en todo momento, en ejercicio de su libertad de expresión. La oposición ha anunciado que promoverá acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) pues es el artículo 134 de la Constitución el que prohíbe propaganda personalizada de servidores públicos, además que se sometió el principio de equidad en las contiendas y la renovación democrática de los poderes, a la libre expresión de funcionarios. El “decreto de interpretación sobre propaganda” que Morena aprobó con el mismo contenido en marzo fue invalidado por la SCJN en noviembre pasado.

Con información de Expansión

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