Un Tribunal Federal ordenó la aprehensión del ex procurador de justicia del estado de Oaxaca, Evencio Nicolás Martínez Ramírez, por su presunta responsabilidad en el delito de desaparición forzada de personas en agravio de Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez, integrantes del grupo subversivo autodenominado Ejército Popular Revolucionario (EPR), de quienes se desconoce su paradero desde hace 15 años.

De acuerdo con el expediente judicial, la orden de captura fue librada el 2 de mayo del presente año por el magistrado José Luis González, titular del Cuarto Tribunal Unitario con residencia en Jalisco.

Por su parte, la defensa del ex procurador promovió un amparo para impedir su captura.

Sin embargo, solo obtuvo una suspensión definitiva, medida cautelar, la cual solo tiene el efecto de que una vez que sea aprehendido y recluido en un penal, su libertad personal quede a disposición de Francisco Miguel Padilla Gómez, magistrado del Sexto Tribunal Unitario del Tercer Circuito.

En el expediente se menciona que el abogado del ex titular de la procuraduría estatal argumentó que el delito imputado por la Fiscalía General de la República (FGR) en la fecha de la supuesta comisión de los sucesos, 24 de mayo de 2007, no era calificado de grave.

No obstante, el magistrado Padilla Gómez dejó claro que el citado delito está contemplado en el artículo 28 de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, el cual amerita prisión preventiva oficiosa.

Padilla Gómez indicó que será materia de análisis, al momento de resolver el juicio de amparo, si el delito ameríta o no la prisión preventiva oficiosa.

Cabe mencionar que los eperristas fueron detenidos por autoridades policíacas el 24 de mayo de 2007 en el estado de Oaxaca, pero no se supo más de su paradero.

El EPR comenzó a colocar artefactos explosivos e hizo volar algunos ductos de Petróleos Mexicanos (Pemex) en diversas entidades del país, como Puebla y Veracruz, como medida de presión contra el gobierno federal para que fueran regresados con vida sus compañeros.

En mayo de 2008, el entonces procurador general de la República, Eduardo Medina Mora, señaló que la desaparición de los integrantes de EPR ocurrió en Oaxaca, y aseguró que el Ejército no estuvo involucrado en este caso.

Años más tarde, un Tribunal Federal ordenó la búsqueda de los eperristas en cuarteles de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).

Mientras tanto, los familiares de las víctimas obtuvieron un amparo para que no se dejara de buscar en campos militares a los eperristas, pero la sentencia fue impugnada por la FGR y la Sedena.

El recurso de revisión fue atraído por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el 4 de marzo de 2020, e iba a ser analizado por la Primera Sala el 10 de febrero de 2021, pero a petición de la ministra ponente Margarita Ríos Farjat se retiró el asunto para seguir con su análisis.

Hace unos días, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) manifestó su preocupación por la demora en la resolución del amparo en revisión y pidió que se le dé prioridad al caso, “dado que la dilación en el proceso jurisdiccional ocasiona que se sigan perpetuando las transgresiones a sus derechos humanos y a su dignidad”.

Con información de Milenio

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