Gana amparo y se ordena al Congreso dejar insubsistente proceso de juicio político en su contra

En Sinaloa los tres poderes de Gobierno se han coludido y pretenden ser un instrumento amafiado de poder para sus intereses políticos y electorales, abusando y violentando de los derechos humanos, electorales, el bienestar y la seguridad de todos los que conformamos al pueblo de Sinaloa.

Hoy la justicia federal deja insubsistente todo lo actuado en el procedimiento de Juicio Político JP/004/2022 instruido contra el Lic. Jesús Estrada Ferreiro.

Dandole la razón de que el Congreso del Estado de Sinaloa actuó de manera abusiva y violentó sus Derechos Humanos en el procedimineto del Juicio Político.

El 31 de mayo de 2023 el Lic. Carlos Reyes Flores, Juez Primero de Distrito en el Estado, emitió sentencia en el Juicio de Amparo 494/2022 y Acumulados en él se que se resuelve:

La Justicia de la Unión Ampara y Protege a JESÚS ESTRADA FERREIRO contra los actos reclamados de las autoridades responsables Congreso del Estado, Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación, Junta de Coordinación Política y Comisión Instructora, por no cumplir las formalidades esenciales del procedimiento en el Juicio Político JP/004/2022 y trasgredir lo previsto en los artículos 14 y 16 de la Constitución Federal.

La denuncia de Juicio Político no fue ratificada con las formalidades esenciales que exigen los artículos 14 y 16 constitucionales:

“…de la citada acta no se advierte la firma de la persona que en apariencia compareció a ratificar la denuncia, ni el Secretario General del Congreso del Estado de Sinaloa asentó el motivo de dicha omisión”

1

“…Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación y Comisión Instructora ambas del Congreso del Estado de Sinaloa, emitieron los actos reclamados consistentes en el dictamen de procedencia y el acuerdo de inicio al procedimiento de instrucción del juicio político JP/004/2022, de veintiuno y veintiséis de abril de dos mil veintidós, respectivamente, contra el ahora quejoso Jesús Estrada Ferreiro, sin que se hubiese cumplido uno de los requisitos de procedencia para el inicio de tal procedimiento, el cual, como se explicó en párrafos precedentes, lo constituye la ratificación de la denuncia, como así lo establece expresamente el artículo 15 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Sinaloa”

Efectos de la sentencia:

  1. Dejen insubsistente todo lo actuado en el JP/004/2022 a partir deldictamen de procedencia del 21 de abril de 2022.
  2. Que la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación del Congreso tomando en cuenta lo expuesto en la sentencia (falta. de ratificación de la denuncia) emita un acuerdo en el que declare la improcedencia de la denuncia del procedimiento del Juicio Político JP/004/2022.

Esperamos que la sentencia cause ejecutoria y que el juez ordene su cumplimiento en los próximos días.

Leave a reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *